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Ordena juez continuar con rescate de 2.5

Fecha de publicacíon: 
Lun, 2012-09-03

MVS puede impugnar la negativa de suspensión definitiva ante un tribunal colegiado de circuitoVíctor FuentesCd. de México, México.- Una juez federal negó hoy a MVS la suspensión definitiva para frenar el procedimiento de rescate de la banda de 2.5 Gigahertz (GHz), iniciado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) el mes pasado.Rafaela Franco Flores, juez quinta de distrito en materia administrativa, confirmó el criterio que sostuvo al negar la suspensión provisional a la empresa, en el sentido de que el interés público en el reordenamiento y modernización de los usos de la banda de 2.5 GHz son más importantes que el interés particular de MVS por conservar sus concesiones."Del oficio de 6 de agosto de 2011 (de SCT) se advierte que el inicio del procedimiento para el rescate de la banda 2.5 GHz, tiene como finalidad la introducción de nuevas tecnologías móviles de tercera y cuarta generación (voz, datos, video e internet de banda ancha) tomando como base las necesidades del país, así como para fomentar la competencia y libre concurrencia en el sector de las telecomunicaciones", afirmó la juez en el acuerdo del 28 de agosto por el que negó la suspensión provisional."De concederse la medida cautelar para el efecto de que se suspenda el procedimiento de rescate, o para impedir que se dicte resolución en éste, se afectaría el interés social y se contravendrían disposiciones de orden público", agregó.La negativa de suspensión implica que la SCT podrá seguir adelante con el procedimiento y, en su caso, declarar el rescate de la banda, al tiempo que la juez Franco seguirá examinando la legalidad de la actuación de la autoridad y, en su momento, resolverá si concede o niega el amparo interpuesto paralelamente para la anulación de la medida como tal.MVS puede impugnar la negativa de suspensión definitiva ante un tribunal colegiado de circuito, que tomará entre uno y dos meses para resolver.La juez admitió que al no concederse la suspensión, MVS está en riesgo de sufrir un perjuicio que podría no ser reparable si, al dictar sentencia en expediente principal del juicio de amparo, se resuelve que la SCT actuó ilegalmente.Sin embargo, Franco concluyó que en el conflicto entre el interés de la empresa y el de la sociedad, debe prevalecer el de esta última."Es indudable que en la especie, el interés de la sociedad prevalece sobre los intereses particulares de la quejosa, pues el derecho o principio que debe prevalecer es aquel que cause menos daño, y por ende, el que resulta indispensable y debe privilegiarse", concluyó.Es previsible que MVS intentará convencer al tribunal colegiado de que, sin paralizar el procedimiento de rescate, conceda una suspensión para que la SCT no lo resuelva, lo que le permitiría a la empresa ganar tiempo e incluso llevar el caso al siguiente sexenio, que inicia el 1 de diciembre.Cabe mencionar que además de este amparo, MVS tiene múltiples litigios pendientes de sentencia definitiva ante la Suprema Corte de Justicia, en los que ha impugnado las negativas de SCT para prorrogar concesiones que ya vencieron o están por vencer.

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