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Rechaza Corte exención para Telefónica

Fecha de publicacíon: 
Jue, 2011-08-25

Por mayoría, niega amparo contra una reforma aprobada por el Congreso en noviembre de 2009
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación negó a la empresa Telefónica-Movistar un amparo con el que buscaba una exención de pago de derechos al Gobierno por el uso de sus concesiones, similar a la que se otorgó a su competidora Nextel en la Licitación 21.

Por cuatro votos contra uno, la Segunda Sala de la Corte negó el amparo de Telefónica contra la reforma de noviembre de 2009 en la que el Congreso aplazó hasta enero de 2012 el inicio de los cobros anuales para concesionarios en las bandas de frecuencia de 1.7 y 2.1 gigahertz que obtuvieran sus títulos antes del 30 de noviembre de 2010.

Es el caso de Nextel, que ganó la Licitación 21 y en octubre de 2010 obtuvo los títulos para ser la primera empresa que podrá explotar en México la banda de 1.7 gigahertz.

"Se transgrede el principio de equidad tributaria", alegó Telefónica en su demanda, "al imponerle a los concesionarios de bandas de frecuencias el pago de un derecho por explotación de las mismas, mientras que a otros se les exime de pagar durante 2010, 2011 y 2012, sin que exista algún motivo objetivo y razonable para darles un tratamiento distinto".

El Congreso justificó este beneficio con el argumento de que era necesario para estimular la entrada de nuevos competidores que requieren hacer grandes inversiones de infraestructura para competir con el amplio dominio de Telcel y Telefónica.

Críticos afirmaron que se buscaba privilegiar a Televisa, que participó en la licitación como socia de Nextel, pero se retiró del proyecto y ahora pretende adquirir la mitad de las acciones de Iusacell.

Debido a este esquema, Nextel sólo pagó 180 millones de pesos como "enganche" al obtener los títulos, pero pagará 6 mil 727 millones de pesos por derechos durante la vida de la concesión, y en total erogará más de 20 mil millones de pesos sumando la inversión en infraestructura.

Telefónica no quería ni podía eliminar el beneficio para Nextel, sino que promovió un "amparo envidia", es decir, buscaba no pagar derechos durante el plazo previsto en la reforma, que extiende hasta 2013 el beneficio para empresas que obtengan títulos después del 1 de diciembre de 2010.

Pero la Segunda Sala de la Corte resolvió que no existe inequidad porque las bandas de frecuencia son distintas y el trato diferenciado está justificado.

"El tema fundamental fue que no es inequitativo porque se trata de frecuencias diferentes que, según periciales, pueden ser tratadas de forma diversa", explicó una fuente de la Corte.

Agregó que, al resolver que el principio de equidad no es aplicable en este caso, la mayoría de ministros ya no se pronunció sobre el diferimiento de pago.

Telefónica paga derechos anuales de acuerdo a tarifas previstas en los artículos 244-A y 244-B de la Ley Federal de Derechos, mientras que Nextel lo hará de acuerdo al artículo 244-E, agregado en la reforma de 2009.

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