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Si lo pagaste, lo puedes compartir

Fecha de publicacíon: 
Lun, 2011-08-08

Es legal pasar tu contenidoCd. de México.- Que sea legal que después de pagar por una canción en iTunes se la envíes por correo a un amigo o que conviertas a archivo digital para tu iPad la película en DVD que acabas de comprar ha sido una de las más grandes discusiones de la industria del entretenimiento porque la ley es ambigua. Sin embargo, hay artículos, como el 148 y el 151, que dejan muy claro que no es violación a los derechos de autor siempre y cuando se haga sin fines de lucro, es decir, no obtener beneficios económicos por ello. Incluso la misma tienda digital de iTunes especifica en sus términos de uso que una canción o película en la modalidad "iTunes plus" puede ser copiada de forma razonable para uso personal y, de nuevo, si no es para fines comerciales. "En muy estricto sentido, la ley te da ese beneficio de reproducir las obras las veces que tú quieras, siempre y cuando sea para uso personal y sin fines de lucro; ahí no incurren en ninguna falta. Si de entrada es un archivo legal comprado en iTunes, tú tienes el derecho de reproducirlo en cualquier mecanismo o equipo móvil", explicó Jorge León, abogado en derechos de autor y propiedad intelectual en la industria musical. Pero el término "uso personal", de acuerdo con León, no se especifica ni describe en la Ley Federal de Derechos de Autor. "Así como la tecnología avanza, las leyes deben avanzar. El término 'uso personal' es muy ambiguo; los legisladores deben proponer un lenguaje más moderno donde se hable, además, de conceptos como DVD, MP3 y libros electrónicos", expresó. Federico de la Garza, director general de la Motion Picture Association en México, fue más allá al afirmar que esta libertad de compartir música aplica igual para las películas, material audiovisual y libros electrónicos. "Si tú compras digitalmente una copia y la prestas o la transfieres a cualquier persona sin ningún lucro, no hay delito", reiteró la cabeza de la asociación. Pero el concepto "compartir" se puede confundir, indica Garza, con la distribución y exhibición autorizada de la película. Subir una película a YouTube, dijo, aun sin obtener un beneficio económico, sí se considera delito porque estás alterando la distribución normal de la obra. Sí puedes: - Comprar un CD, convertirlo a MP3 y compartirlo entre tus conocidos. De igual forma si lo compraste en tiendas digitales como iTunes Store. - Convertir a archivo digital un DVD que hayas pagado para llevarlo en tu iPad o de quien tú quieras. No puedes: - Publicar esa película o canciones en medios masivos de exhibición como YouTube, Cuevana o Ustream. - Rentar una película y "ripearla" para bajarla a tu iPad y compartirla, porque sólo pagaste los derechos para verlo. - Obtener dinero bajo ninguna circunstancia por compartir la música y películas que ya pagaste. Eso incluye la venta directa u obtener publicidad. ¿Qué dice la ley? El artículo 151 de la Ley Federal de Derechos de Autor dicta: "No constituyen violaciones a los derechos de los artistas, intérpretes o ejecutantes, productores de fonogramas, de videogramas u organismos de radiodifusión la utilización de sus actuaciones, fonogramas, videogramas o emisiones, cuando no se persiga un beneficio económico directo". Lo que debes saber en cuanto al software Kiyoshi Tsuru, director general de la Business Software Alliance, aseguró que compartir programas informáticos es más restringido por la normativa. "En la Ley Federal de Derechos de Autor en cuanto a software el titular tiene la facultad de autorizar ciertas conductas de compartir", indicó Tsuru. Por ejemplo, el programa Office 2010 (versión hogar y estudiante) puede ser instalado hasta en tres equipos de cómputo, pero, en caso de ponerlo en una PC adicional, estarías incurriendo en un acto ilegal. Las apps en la iTunes Apps Store permite copiar las apps hasta en cinco dispositivos. Revisa lo que dice tu licencia de software para saber a qué tienes derecho. Ojo: cuando das "ok" a los términos de uso, es como si firmaras que te atendrás a ellos y a las consecuencias de no cumplirlos. Cuidado en aduana de EU Los agentes aduanales de Estados Unidos pueden revisar tu equipo de cómputo para ver si traes contenido pirata. "Los agentes de la CBP (Custom and Border Protection) están autorizados para abrir tu PC o cualquier equipo si sospechan que llevas piratería el cual atente la economía de aquel país", expresó Flor González, maestra en Economía Política Internacional. En otros países sí es ilegal En Inglaterra, queda prohibido el solo hecho de crear una copia para uso personal. Vince Cable, Secretario de Negocios de aquella nación, propuso una nueva ley en la cual los usuarios no puedan ser penalizados por tener una copia de DVD, MP3 y e-books.

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