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Critican que Corte frene a la Cofetel

Fecha de publicacíon: 
Lun, 2011-04-11

La OCDE destaca que el tema había sido preocupante en otros países, hasta que llevaron a cabo reformas
Ciudad de México.- La Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) afirmó que México es el único de sus países miembros en donde el Poder Judicial suspende decisiones del ente regulador en materia de tarifas de interconexión telefónica.

El organismo consideró la situación como preocupante.

La OCDE afirma que el Poder Judicial no debe suspender la aplicación de tarifas de interconexión cuando hay desacuerdos, mientras no resuelva el juicio en su totalidad.

"En México, hay un número sorprendentemente alto de apelaciones (en tarifas de interconexión) que dan lugar a la suspensión de la aplicación de una decisión en materia regulatoria...

"En este contexto, México es el único caso en la OCDE", destaca el documento obtenido por REFORMA, enviado por el organismo internacional, a solicitud de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel).

Dicha nota responde a diversos cuestionamientos realizados por la Cofetel a la OCDE, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), donde el organismo internacional asegura que las decisiones regulatorias deben ser objeto de revisión judicial, pero que las apelaciones que congelan o retrasan las decisiones de regulación deben evitarse.

"Esto es de hecho el aspecto más preocupante del marco regulatorio y jurídico de las telecomunicaciones en México, y había sido un factor negativo en otros países de la OCDE, hasta que llevaron a cabo reformas adecuadas", revela el documento de la División de Políticas de Información, Comunicación y del Consumidor del Directorado de Ciencia, Tecnología e Industria.

Las opiniones del organismo tienen relación con un litigio que se encuentra en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), para el cual se analiza si se debe suspender o no la decisión de la autoridad en cuanto a la definición de tarifas de interconexión, en caso de diferendo entre operadoras, y una de ellas se haya amparado contra la medida.

La SCJN estudia actualmente un proyecto de sentencia que establece que las tarifas de interconexión entre las empresas de telefonía no necesariamente repercuten en los precios a los consumidores y, por lo tanto, los jueces federales sí podrán suspender las tarifas que fija la Cofetel cuando le solicitan su intervención.

La definición de la Corte, prevista para mayo próximo, fijaría jurisprudencia aplicable a todos los litigios posteriores.

Según la OCDE, de prosperar este enfoque, se perjudicaría la competencia en el sector.

"Es muy claro que en el momento en que cambiamos de un Estado activo en la economía a un Estado regulador, la institución de amparo muchas veces ha representado un obstáculo a la oportuna aplicación de la regulación", expresó Eduardo Ruiz Vega, abogado y ex comisionado de la Cofetel.

El amparo es una institución única, dijo, que contempla como una medida prácticamente automática el tema de la suspensión, provisional y definitiva.

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